RENAPER |
Renaper Registro Nacional de Las Personas - Decreto 1187/2003 |
Decreto 1187 Registro Nacional de Las Personas (RENAPER) - Decreto 1187 |
Registro Nacional de Las Personas - Decreto # 1187-2003 - B.O. 09/12/03 Créase en el Ministerio del Interior una Comisión que realizará los estudios previos para la implementación de la futura Base de atos del mencionado Registro. Integración. Bs.As., 4/12/2003 VISTO a Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto # 438/92) y sus modificatorias, y a Ley # 25.326, y CONSIDERANDO:
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Que a actividad de Estado, requiere a compilación y actualización de os
datos persona es de os ciudadanos que permita un tratamiento adecuado de la información y optimice los recursos económicos y humanos para proveer asi
interés general .
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Que, a efectos de garantizar e derecho a honor y a la intimidad, a Constitución Nacional, en su artículo 43 párrafo tercero y a Ley # 25.326 han
establecido un sistema de protección, incluyendo las condiciones para a
creación, modificación o supresión de archivos, registros, base o Bancos de
datos pertenecientes a organismos públicos.
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Que los Registros Públicos Nacionales resultan imprescindibles para la
identificación de las personas.
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Que en el marco de desarrollo tecnológico, el Estado debe servirse de las
herramientas adecuadas para propender al tratamiento eficaz y confiable de la
información, asegurando el cumplimiento de las normas de seguridad,
confidencialidad y demás principios establecidos en a Ley # 25.326 y su
reglamentación.
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Que en tal sentido, se considera oportuno contar con una herramienta
destinada a reunir a información incluida en e Documento Nacional de
Identidad, en la Cédula de Identidad, en elPasaporte, así como en os
registros obrantes en a Dirección Naciona de Migraciones, en la
Administración Federa de Ingresos Públicos, en el Instituto Naciona de
Estadística y Censos, en la Dirección Nacional Electoral, y en a Administración
Nacional de a Seguridad Social .
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Que a efectos de actuar en ta sentido con a debida transparencia, resulta
necesario crear, en el ámbito de MINISTERIO DEL INTERIOR, una Comisión
destinada a la realización de los estudios previos correspondientes a la
implementación de la futura Base de Datos Genera de Registro Nacional de
las Personas.
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Que conforme o expuesto precedentemente resulta procedente, además, invitar a integrar a mencionada Comisión a la Dirección Nacional de Protección de Datos Persona es de Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, para brindar asistencia técnica en relación a cumplimiento de los requisitos de seguridad informática y protección de datos, e invitar a las Universidades Naciona es para brindar la asistencia técnica que se le requiera. |
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente de MINISTERIO |
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