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Certificación de Prendas Reforma Código de Comercio de Costa Rica. Ley 3391 - Fecha 23/09/1964 |
Ley 3391 del 23/09/1964 - Reforma Código de Comercio. Certificación de Prendas - Artículo 572 |
Ley # 3391. Reforma Código de Comercio |
Artículo 1 - Refórmase el inciso c) del artículo 572 del Código de Comercio, que se leerá de la siguiente forma: Inciso c) La de dominio que fuere acompañada de ejecutoria en la cual se haga expresa declaración contra el pignorante, de que ha defraudado o estafado al legítimo dueño de los bienes dados en prenda, o certificación de estar admitida ante los tribunales penales, acusación encaminada al logro de tal declaratoria. |
Artículo 2 - Esta ley rige a partir de su publicación. |
Fuente : Asamblea Legislativa - Versión : 23/09/1964 (1 / 1 ) |
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