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Leyes Prescripción de contratos mercantiles e hipotecas - Ley 3416 - Fecha 03/10/1964 |
Ley 3416 - Contratos mercantiles e hipotecas - Reforma Código de Comercio del 03/10/1964 |
Ley # 3416 - Contratos mercantiles e hipotecas - Reforma Código de Comercio |
Artículo único - Interprétanse las disposiciones del artículo 968 del Código de Comercio en el sentido de que la prescripción de las acciones que se deriven de actos y contratos mercantiles, se regirá por las disposiciones del capítulo a que ese artículo se refiere, salvo en cuanto a las hipotecas comunes o de cédulas, que continuarán rigiéndose por la prescripción de diez años. |
Fuente : Asamblea Legislativa - Versión : del 03/10/1964 (1 / 1 ) |
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